➽ QUE ES Y PARA QUE SIRVE
El Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano (RISE) es un sistema de incorporación voluntaria que facilita y simplifica el pago del IVA y del Impuesto a la Renta a través de cuotas mensuales o anuales.
➽BENEFICIOS
- Olvídese de los formularios: Quienes se acojan al RISE no necesitarán usar formularios y el pago se realizará directamente en cualquier entidad del sistema financiero.
- Se acabaron las retenciones en la fuente: Al estar libres de retenciones, las personas inscritas en el RISE evitarán pagos en exceso.
- No necesitará llevar contabilidad: Los inscritos en el RISE ahorrarán tiempo y dinero, pues no deberán contratar un contador que les lleve sus cuentas.
- Llenar sus comprobantes de venta ahora es más fácil: Los contribuyentes inscritos en el RISE entregarán notas de venta, así ahorrarán tiempo al llenarlas y no tendrán dificultades al hacerlo.
- Descuento del 5%: Por cada nuevo trabajador bajo contrato vigente que se encuentre afiliado al IESS, siempre que esté al día en sus pagos, obtendrá un descuento del 5% en su cuota.
➽¿QUIÉNES PUEDEN INSCRIBIRSE?
- Pequeños negocios con ventas anuales inferiores a $60.000 y con menos de 10 empleados.
- Pequeños negocios cuyos propietarios, además, perciban ingresos anuales en relación de dependencia, menores a la fracción básica del Impuesto a la Renta y que en conjunto con las ventas del negocio, no superen los $60.000 anuales.
➽ACTIVIDADES QUE PUEDEN INSCRIBIRSE
v agricultura
v pesca
v ganadería
v avicultura minería
v transporte manufactura
v servicios de restaurantes y hoteles
v servicios de construcción
v trabajo autónomo
v comercio minorista
v otros servicios en general
➽REQUERIMIENTOS
ü Ser persona natural.
ü No tener ingresos mayores a USD 60 mil en el año, o si se encuentra bajo relación de dependencia el ingreso por este concepto no supere la fracción básica del Impuesto a la Renta gravado con tarifa cero por ciento (0%) para cada año.
ü No dedicarse a alguna de las actividades restringidas.
ü No haber sido agente de retención durante los últimos 3 años.
➽BASE LEGAL
Ø Constitución de la República del Ecuador. Artículos: 66 y 300.
Ø Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas. Artículos: 2 y 9.
Ø Código Tributario. Artículos: 115, 116, 119, 120, 121, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134 y otros.
Ø Ley de Régimen Tributario Interno. Artículos: 97.1 y siguientes.
Ø Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno. Artículos: 215 y siguientes.
Ø Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000155.
Ø Resolución No. NAC-DGECCGC10-00013.
A CONTINUACIÓN SE PRESENTARÁ UN VIDEO EXPLICATIVO SOBRE EL RISE
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