(RISE)






➽ QUE ES Y PARA QUE SIRVE
El Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano (RISE) es un sistema de incorporación voluntaria que facilita y simplifica el pago del IVA y del Impuesto a la Renta a través de cuotas mensuales o anuales.

➽BENEFICIOS

  • Olvídese de los formularios: Quienes se acojan al RISE no necesitarán usar formularios y el  pago se realizará directamente en cualquier entidad del sistema financiero.
  • Se acabaron las retenciones en la fuente:  Al estar libres de retenciones, las personas inscritas en el RISE evitarán pagos en exceso.
  • No necesitará llevar contabilidad: Los inscritos en el RISE ahorrarán tiempo y dinero, pues no deberán contratar un contador que les lleve sus cuentas.
  •  Llenar sus comprobantes de venta ahora es más fácil:  Los contribuyentes inscritos en el RISE entregarán notas de venta, así ahorrarán tiempo al llenarlas y no tendrán dificultades al hacerlo.
  • Descuento del 5%: Por cada nuevo trabajador bajo contrato vigente que se encuentre afiliado al IESS, siempre que esté al día en sus pagos, obtendrá un descuento del 5% en su cuota.

   ➽¿QUIÉNES PUEDEN INSCRIBIRSE?
  •  Pequeños negocios con ventas anuales inferiores a $60.000 y con menos de 10 empleados.
  •  Pequeños negocios cuyos propietarios, además, perciban ingresos anuales en relación de   dependencia, menores a la fracción básica del Impuesto a la Renta y que en conjunto con las   ventas del negocio, no superen los $60.000 anuales.

➽ACTIVIDADES QUE PUEDEN INSCRIBIRSE
v  agricultura
v  pesca
v  ganadería
v  avicultura minería
v  transporte manufactura
v servicios de restaurantes y hoteles 
v  servicios de construcción
v  trabajo autónomo
v  comercio minorista
v  otros servicios en general

➽REQUERIMIENTOS
ü  Ser persona natural.
ü  No tener ingresos mayores a USD 60 mil en el año, o si se encuentra bajo relación de dependencia el ingreso por este concepto no supere la fracción básica del Impuesto a la Renta gravado con tarifa cero por ciento (0%) para cada año.
ü  No dedicarse a alguna de las actividades restringidas.
ü  No haber sido agente de retención durante los últimos 3 años.

➽BASE LEGAL
Ø  Constitución de la República del Ecuador. Artículos: 66 y 300.
Ø  Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas. Artículos: 2 y 9.
Ø  Código Tributario. Artículos: 115, 116, 119, 120, 121, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134 y otros.
Ø  Ley de Régimen Tributario Interno. Artículos: 97.1 y siguientes.
Ø  Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno. Artículos: 215 y siguientes.
Ø  Resolución No. NAC-DGERCGC16-00000155.
Ø  Resolución No. NAC-DGECCGC10-00013.

A CONTINUACIÓN SE PRESENTARÁ UN VIDEO EXPLICATIVO SOBRE EL RISE




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